ESTIMADOS(AS) COTERRÁNEOS (AS)
TRABAJAR PARA RECUPERAR ESTADO DERECHO Y REINCORPORAR IMPRESCRIPTIBLE CONSTITUCIÓN PARA LA REPUBLICA DEL PERÚ -1979 Y LUCHAR CONTRA PANDEMIA DE LA IMPUNIDAD; leer-responder-publicar y retransmitir, Gracias y Saludos Mariano R. Loo Rios
ENTREGAR: A LA DRA. GLADYS ECHAÍZ RAMOS - PRIMERA FISCALÍA SUPREMA y DRA. FLOR ADELIADA BOLIVAR ARTEAGA - FISCAL DE LA NACIÓN y AL DR. ROBINSON OCTAVIO GONZÁLES CAMPOS-PRESIDENTE DE LA PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA-SUPREMA, EL PRESENTE MONITOREO PRO-ACTIVO DE ALERTA Y RECHAZO DE LA BURLADERA DEL ILEGAL PROCESO DE EXTRADICIÓN INVENTADO POR RICARDO LAGOS, ALEJANDRO TOLEDO Y JUNICHIRO KOIZUMI, Y EXIGIR QUE REQUIERAN A LAS AUTORIDADES DEL ESTADO DE CHILE LA INMEDIATA REPATRIACION Y ENTREGA DEL REQUISITORIADO-INTERPOL REO FUGITIVO ALBERTO FUJIMORI, QUIEN NO A SOLICITADO ASILO POLITICO Y MANIFIESTO DESEO DE REGRESAR A TERRITORIO DEL ESTADO PERUANO. Intervención-Petitorio Constitucional Mariano R. Loo Rios.
TOMEN NOTA: ES PERJUDICIAL E INJUSTIFICADO PROCESARLOS A LOS TIRANOS Y ACOLITOS BAJO ILEGALES REGLAMENTOS DICTADORIAL (LLAMADAS DECRETOS/LEYES/CONSTITUCIONES - INSTRUMENTOS JURIDICOS TIRANICOS CREADAS POR PARA SE CUMPLA LA VOLUNTAD DEL DICTADOR Y BANDA DE SAQUEADORES) Y POR JUECES, VOCALES/TRIBUNALES NOMBRADOS A DEDO EN EL MARCO DE ESPURIAS E IRRITAS LEYES PROCESALES Y COLABORACIÓN EFICAZ CREADAS POR FACINEROSOS CAPTORES QUE LE SUCEDEN Y SUPLANTAN AL DICTADOR DOLOSAMENTE ENFORZANDO LOS REFERIDOS ILEGALES REGLAMENTOS DICTATORIALES-INSTRUMENTOS JURIDICOS TIRANICOS CON FIN ILICITO DE CONSERVAR CRIMINAL “SISTEMA” QUE CREO LA TIRANIA CIVIL MILITAR NARCOTERRORISTAFINANCIEROBANQUERO INICIADA EL 05/ABRIL/1992 QUE FRACTURO EL ESTADO DE DERECHO EN PERÚ CON EXECRABLE E ILEGAL DECRETO LEY 25418 PATROCINADO POR LA OEA Y ONU QUE ESTAN TRANSFORMADAS EN PATÉTICAS FABRICAS MATRICES DE PANDEMICA IMPUNIDAD DE CRIMINAL CORRUPCION Y ANTICORRUPCION DE LAS DICTADURAS Y SUS TRANSITORIOS Y DEL crimen organizado internacional = RESULTA UN TÍPICO AJUSTE DE CUENTA MAFIOSA, PARA SALVAGUARDAR REFERIDO TIRANICO “SISTEMA” CRIMINAL. CONSTITUYE GRAVE INIQUIDAD CONTRA LA SOCIEDAD Y AGRAVIO A LA NACIÓN PERUANA AL DEJAR DE LADO A LOS JUECES, VOCALES Y TRIBUNALES NATURALES Y A LAS LEYES Y CONSTITUCION QUE EL TIRANO Y BANDOLEROS HAN VIOLENTADO, FALSEAMIENTO QUE TIENE SANCION PUNIBLE.
PARA QUE RECUERDEN LOS CIUDADANOS, LEER ESCRITO DE FECHA 24 DE NOVIEMBRE DEL 2003 DE INTERVENCION CONSTITUCIONAL-PRO-ACTIVO PRESENTADO EN EL EXOTICO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CREADO POR DICTADOR ALBERTO FUJIMORI (CRIMINAL PROFUGO Y COBIJADO DE SUBDITO JAPONÉS AHORA DE TURISTA PERUANO INSOLITAMENTE PRISIONERO EN CUARTEL MILITAR CHILENO BAJO INVENTADO E ILEGAL PROCESO DE EXTRADICIÓN) PARA ENFORZAR ILEGAL DECRETO LEY 25418 Y HUMILLANTE MANIFIESTO A LA NACION INFAMIA QUE SEÑALA QUE LOS PERUANOS NO SE PUEDEN GOBERNAR, ILEGALIDAD QUE ENGENDRO LOS INSTRUMENTOS DE FASINEROSO CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO REFRENDADA EN 1993 A PUNTA DE FUSIL Y TANQUETAS CON CIUDADANOS CIVILES OBLIGADOS A VOTAR Y CIUDADANOS UNIFORMADOS SIN DERECHO A VOTAR QUE PARIO ESPURIA CONSTITUCION 1993, REGLAMENTO DICTATORIAL PARA QUE LOS PERUANOS CUMPLAN LA VOLUNTAD DEL DICTADOR CREADA PARA DISFRAZ Y CAMUFLAR CON ROSTRO Y ROPA DE DEMOCRACIA (GENUINA) A LA DICTADURA Y PROTEGER LA IMPUNIDAD DEL ILEGAL DECRETO LEY 25418 INFAMIA LLAMADA NUCLEO DURO(SUCIO) POR LA PLAGA DE CONSTITUCIONALISTAS Y HOMBRES DE DERECHO - PERUANOS. “SISTEMA” CRIMINAL TIRANICO QUE CONTINÚA SAQUEANDO-BIRLANDO CAMPANTAMENTE AL ARROGADO ESTADO PERUANO EN CAUTIVERIO DESDE EL NARCOTERRORISTAFINANCIEROBANQUERO GOLPE DE ESTADO DEL 05 DE ABRIL DEL 1992, “SISTEMA” CRIMINAL QUE MISERABLEMENTE VIENE DIRIGIENDO EL FUTURO DE LOS CIUDADANOS, INDIGNANTE.
Fujimori tendría que pagar por el autogolpe de 1992
El titular de la Procuraduría Ad Hoc, Antonio Maldonado, solicitará al ex presidente Alberto Fujimori pagar una reparación civil de cien millones de nuevos soles por ordenar el autogolpe del 5 de abril de 1992.
El procurador Maldonado dijo que el monto de los 10 millones de soles solicitados por la Fiscalía a Fujimori como reparación civil está por debajo del enorme daño que el ex presidente causó al país. \"Fujimori destruyó el estado de derecho, destruyó la democracia para instaurar un régimen dictatorial\", señaló Maldonado.
La fiscal suprema Lidia Vegas pidió que el ex mandatario sea condenado a 20 años de cárcel y que pague 10 millones de soles de reparación civil por ser autor del delito de rebelión y otros. Junto a Fujimori fueron acusados por la Fiscalía 13 de sus ex ministros de Estado.
Cabe indicar que el Perú solicitó la extradición de Alberto Fujimori por los casos de La Cantuta y Barrios Altos, y el pago de 15 millones de dólares a su ex asesor Vladimiro Montesinos.EXPRESO.
LOS ENCUBRIDORES/RECICLADOS QUE SE HACEN LLAMAR “TRANSITORES 2000-2006” TAMBIEN TENDRAN QUE PAGAR REPARACION CIVIL AL ESTADO PERUANO QUE SE ENCUENTRA EN CAUTIVERIO POR NARCOTERRORISTAFINANCIEROBANQUERO GOLPE DE ESTADO DE 05 DE ABRIL DEL 1992 QUE FRACTURO EL ESTADO DE DERECHO EN PERU QUE CAMPANTEMENTE CONTINUA ARROGANDO LOS TRES PODERES DEL ESTADO PERUANO (EN CAUTIVERIO) CON LA ASISTENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO Y EL PODER JUDICIAL INSTITUCIONES REAS (CONVERTIDAS EN FABRICAS DE IMPUNIDAD DEL CRIMEN ORGANIZADO PARA BLINDAR LA IMPUNIDAD DEL SAQUEO NACIONAL, ASEGURAR EXOTICA OBSTRUCCION DE LA DESCARRIADA “ADMINISTRACION DE JUSTICIA” PARA FAVORECER AL CRIMEN ORGANIZADO NACIONAL E INTERNACIONAL -NARCOTERRORISTASFINANCIEROBANQUERO Y VIOLACIONES DE DDHH Y FLAGRANTES DELITOS DE ALTA TRAICION A LA PATRIA EFECTUADA POR FASINEROSOS CIVILES Y MILITARES BAJO ILEGAL DECRETO LEY 25418) Y DE LA COMPLICIDAD DE MALEANTES LAMBROSIANOS FISCALES Y MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA QUE DOLOSA E ILEGALMENTE MALGASTARON FRAUDULENTAMENTE A TRAVEZ DEL FRAUDE FEDADOI 173 MILLONES DE DOLARES + US$ 12’681,287 + US$ 20’000,000 INCAUTADOS A LOS MALHECHORES FUJIMORI MONTESINOS COMPINCHES DE ALAN GARCIA/AGUSTIN MANTILLA VALENTIN PANIAGUA/JAVIER PEREZ DE CUELLAR/DIEGO GARCIA SAYAN ALEJANDRO TOLEDO/CESAR ALMEYDA/POPY OLIVERA Y OTROS (AS) COGOTUDOS, SANGUIJUELAS ZÁNGANOS Y SAINETES. (AVEZADOS SEUDOS DIRIGENTES DE COFRADÍAS QUE OPERAN EN LOS “MOVIMIENTOS” “FRENTES” “PARTIDOS” “CUARTELES” “CARTELES” Y CLUB´S INFILTRADAS EN INSTITUCIONES REAS PJ & MP QUE VIENEN CONJURANDO CONTRA LA NACION PERUANA Y ACTUAN CAMPANTEMENTE EN PERJUICIO DE LA SOCIEDAD Y CIUDADANOS PARA FAVORECERSE DOLOSAMENTE ENTRE ELLOS).
EJERCER PODER REIVINDICATORIO, TODOS LOS CIUDADANOS TIENEN OBLIGACION CONSTITUCIONAL Y LEGAL Y DE EVITAR PERNICIOSA ABULIA, SE ADVIERTE, que incluso los delincuentes criminales también tienen obligación constitucional y legal, y DERECHO a ejercer poder reivindicatorio, incluso el prófugo Fujimori, su asesor Montesinos y saqueadores que violentaron la ley tienen obligación constitucional y legal de colaborar para recuperar estado de derecho y demandar restablecimiento del orden jurídico que ellos violentaron el 05 de abril del 1992-narcoterroristafinancierobanquero golpe de estado, tiranía disfrazada de democracia que continua campantemente manteniendo en cautiverio al estado peruano, truhana y saqueo del pais que los ciudadanos de bien tienen que ponerle fin.
CENTRO MUNDIAL DE LUCHA CONTRA PANDEMIA DE LA IMPUNIDAD.
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821, QUE TODO CIUDADANO TIENE QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGAÑIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA
ULTIMA NOTICIA:
VER APREHENSIÓN DE LAS AUTORIDADES DEL ESTADO DE ESPAÑA EN EL CASO DEL FURITIVO GENERAL CROATA ANTE GOTOVINA QUE PONE AL DESCUBIERTO EL INVENTADO E ILEGAL PROCESO DE EXTRADICION DEL REQUISITORIADO INTERPOL-INTERNACIONAL ALBERTO FUJIMORI.
Imagen facilitada por la policía del momento de la detención del general croata Ante Gotovina. (EFE)
En rueda de prensa, el ministro de Interior de España José Antonio Alonso ha precisado que Gotovina visitó además varios paíes -entre ellos Tahití, Argentina, Chile, China, República Checa...- y que el ordenador del arrestado está siendo analizado en estos momentos. Las autoridades españolas entregarán de forma inmediata a Gotovina, que durmió anoche en la cárcel de Soto del Real (Madrid), al Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoeslavia (TPIY). Mañana será trasladado a la ciudad holandesa en un avión militar español.
JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN N° 6
AUDIENCIA NACIONAL
MADRID
DILIGENCIAS PREVIAS N° /2005
AUTO
En la Villa de Madrid, a ocho de diciembre de dos mil cinco.
HECHOS
PRIMERO: En este Juzgado Central de Instrucción n° 6 se tramita las presentes actuaciones contra el súbdito croata ANTE GOTOBINA, quien se encuentra reclamado por el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia.
SEGUNDO: En el día de hoy se ha practicado la audiencia prevista en el artículo 6 de la Ley Orgánica 15/94, de 1 de junio, y en el arto 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que el mencionado reclamado ha sido informado de los cargos que se le imputan por el referido Tribunal Internacional, habiéndose solicitado por el Ministerio Fiscal que se decrete la prisión provisional del mismo con el fin de asegurar su entrega al referido Tribunal, y la defensa se ha opuesto a la petición del Ministerio Fiscal, todo ello conforme a las alegaciones que constan en el acta extendida al efecto.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO: El artículo 6 de la Ley Orgánica 15/94, de 1 de junio, para la cooperación con el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia, dispone que la persona residente en España contra la que se hubiere confirmado una acusación y se hubiere dictado por la Sala de Primera Instancia del Tribunal Internacional referido, una orden de detención, será detenida e informada de los cargos que se le imputan por el Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional. Y añade el párrafo segundo de dicho artículo, que la Audiencia Nacional acordará la entrega, sin necesidad de procedimiento formal de extradición, especificando en la misma resolución la duración máxima de la detención provisional que procede según la legislación española.
SEGUNDO: Constando en la documentación aportada que existe la confirmación de una acusación contra la persona detenida, así como que se ha dictado por la Sala de Primera Instancia del Tribunal Penal Internacional una orden de detención contra la misma, y habiéndose celebrado la audiencia prevista en el art. 6 de la mencionada ley, es procedente acordar la inmediata entrega del reclamado sin más trámites.
TERCERO: Por lo que respecta a su situación personal, si bien los arts. 17 de la Constitución Española y 520 Y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevén un plazo máximo de 72 horas para la detención policial, antes
de cuyo término el detenido debe ser puesto a disposición judicial, el cual puede acordar bien una nueva detención judicial o la prisión o libertad provisionales, teniendo en consideración que no consta la fecha en que por parte de las autoridades policiales españolas se vaya a proceder a
la entrega efectiva del reclamado al Tribunal Internacional, y para no rebasar el plazo máximo previsto para la detención judicial, es procedente acordar la prisión provisional comunicada e incondicional del reclamado, a disposición de este Juzgado, con la finalidad de asegurar su entrega al referido Tribunal, al concurrir los requisitos legalmente previstos, todo ello de conformidad con lo solicitado por el Ministerio Fiscal y
con lo dispuesto en los arts. 503 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Vistos los razonamientos anteriores, preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO: SE ACUERDA LA ENTREGA del súbdito croata ANTE GOTOBINA al Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia, a cuyo Tribunal se remitirán el dinero y demás efectos intervenidos al reclamado.
SE DECRETA LA .PRISIÓN PROVISIONAL COMUNICADA E INCONDICIONAL del referido ANTE GOTOBINA, a disposición de este Juzgado, con la finalidad de asegurar su entrega al Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia. Expídase el correspondiente mandamiento al Sr. Director del Centro Penitenciario de Soto del Real a fin de que el reclamado sea ingresado en dicho centro hasta que se produzca la entrega acordada, debiéndose por el Sr. Director del indicado Centro permitir su excarcelación cuando por los funcionarios policiales españoles se deban hacer cargo del reclamado con el fin de materializar dicha entrega.
Comuníquese a la presente resolución a INTERPOL, al Sr. Director del Centro Penitenciario de Soto del Real y a la Embajada de la República de Croacia en Madrid.
Notifíquese la presente resolución al reclamado.
Contra la presente resolución pueden interponerse los recursos de reforma y/o apelación en los términos y requisitos previstos en los arts. 507 Y 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Félix Degayón Rojo, Magistrado-Juez del Juzgado Central de Instrucción N° 6, doy fe.
ALERTA:
Los recalcitrantes Fujimoristas encabezada por Carmen Lozada del escurridizo Gamboa y Geishas proyectan para el 10 de diciembre 2005 hacer VIGILIA en la frontera con Chile rogando para que pronto regrese a suelo peruano requisitoriado Alberto Fujimori y se convierta en representante de los fujimoristas y conductor de los destinos del pais del que huyo. En respuesta A ESA PERTURBACION PUBLICA los anti-fujimoristas representados por los activistas de los colectivos, mano blanca, polladas, parrilladas, ONG’S, Comités de las Sociedades Civiles y Militares, dicen los Defensores de los Derecho Humanos, los Familiares de las victimas de las masacres y GENOCIDIOS , Talleres, Movimientos, Frentes, PartidosCRACIAS y PartiDUCHOS CONTRARIOS a plaga de Fujimoristas y Montesinistas PLANEAN hacer férrea VIGILIA para que ningún avión de Lan Chile ATERRICEN Y DESPEGUEN de los aeropuertos HASTA QUE EL DESCARADO INTROMETIDO CHILENO RICARDO LAGOS ORDENE EN EL DIA ANULAR INVENTADO PROCESO DE EXTRADICIÓN Y ADMINISTRATIVAMENTE REPATRÍE A SUELO PERUANO AL REQUISITORIADO INTERPOL-INTERNACIONAL ALBERTO FUJIMORI.
ALERTA: Exótico Donador San Dionisio Romero - Centro Académico De La Impunidad fax 4280284, 4288332, 202-458 3992
Fujimoristas harán vigilia en frontera con Chile
Seguidores del ex presidente Alberto Fujimori realizarán este sábado 10 de diciembre una vigilia en la frontera con Chile, en solidaridad con su líder, quien actualmente se encuentra detenido en Santiago.
Esta iniciativa la dio a conocer la suspendida congresista Carmen Lozada de Gamboa, quien señaló que los seguidores fujimoristas pretenden llevar una voz de esperanza a Fujimori.
“Diremos a los peruanos y al mundo entero que el ingeniero Fujimori no está solo, que su pueblo lo espera, ahí cruzando la línea de la frontera, para traerlo al Perú, y para que pronto el ingeniero Fujimori se convierta en nuestro representante y conductor de los destinos de este país”, señaló Lozada. Diario Expreso 04-12-05.
Fujimoristas tomarán cuatro aeropuertos
Fujimoristas auguran violencia.
Los seguidores del ex presidente Alberto Fujimori planean tomar otros cuatro aeropuertos del interior del país, tal como lo hicieron en días pasados en los terminales aéreos de Tarapoto, Ayacucho y Arequipa.
Según el vocero del ex presidente en Lima, Carlos Raffo, la dirigencia de Sí Cumple en nada estaría alentando estas incursiones, pues precisó que “es gente ajena a la militancia fujimorista”, pero aún así fieles seguidores.
“Yo tengo información que ya hay cuatro ciudades en cuenta regresiva para tomar aeropuertos, pero esto no está bajo nuestro control, no es gente de Sí Cumple, la militancia se comporta dentro de las normas. Esto es masa fujimorista”, enfatizó.
PUBLICADA LIMA, DEC-07-2005.
URGENTE DENUNCIAR A LOS GARANTES TRAMPOSOS. (Accion a llevar en atención de la lucha contra pandémico flagelo de la impunidad criminal, cero tolerancias contra dirigentes y gobiernos delincuentes)
“BUSCAR A LOS GARANTES” (TRAMPOSO) INCREIBLE CONSTITUCIONALISTAS RAUL FERRERO.
No hay duda que Raùl Ferrero siempre fue tremendo embustero, este integrante del clan Ferrero, a estas alturas invocan a los tramposos Garantes, conociendo que los países Garantes de ese tratado de Rio de Jainero 1941 dos estados están implicados chile y argentina en la criminal compra y venta de armas de guerra en pleno conflicto y dos estados cómplices pasivos brasil y usa ( qué callaron y no denunciaron), hansa utilizada por bribones traficantes, estados garantes traidores que el afectado Estado Peruano tiene obligación legal de denunciarles ante la Corte de la Haya para hagan precedente internacional amonestándolos a los garantes y coercitivamente a los implicados estados de chile argentina y ecuador que indemnicen económicamente al estado peruano y a los caídos y lisiados de los conflictos Cenepa y anteriores, y procesarlos en corte penal internacional a los funcionarios que autorizaron las compra y venta de armamento - pertrecho de guerra VIOLANDO el tratado de Rio Jaibero. “la ley se crea para que el mas fuerte no abuse del mas débil”.
Jurista Raúl Ferrero dice que diplomacia peruana tiene prueba de fuego
Apoyan proceder de Cancillería frente a postura ecuatoriana
Pide acción. El constitucionalista Raúl Ferrero afirmó que la diplomacia peruana tiene una prueba de fuego en el tema de la posición chileno-ecuatoriana.
Esto, debido a que “ver a esos dos países poniéndose de acuerdo, tratando de precisar al Perú un tema tan delicado como la delimitación marítima implica que la labor de la Cancillería debe ser muy eficiente para tratar el asunto”.
“La posición de Chile y Ecuador no se debe tomar con ligereza ya que es un tema central que debe preocupar, pero más que eso, pienso que esto pone a prueba a la Cancillería”, apuntó el jurista.
“Creo que nosotros primero deberíamos buscar acercarnos a los garantes del Tratado de Paz con Ecuador para buscar que este país no tome este tipo de posiciones. Este es un tema que requiere revisar las buenas relaciones que tiene el Perú con sus países fronterizos”, apuntó.
Buscar a los garantes
“Creo que habiendo esta relación tan directa hoy en día, por negocios, con Brasil deberíamos tomar la iniciativa de buscar a los garantes del Tratado de 1941, porque sí creo que ellos pueden ayudar a que finalmente se llegue a una solución armoniosa. Lo mejor hubiera sido que esto se resolviera en La Haya y yo creo que allí va a terminar”, anotó.
RESPONDER AL PRESENTE MONITOREO PRO-ACTIVO DE ALERTA Y RECHAZO CONTRA CONVENIDO ILEGAL PROCESO DE EXTRADICION DE FUJIMORI INVENTADO POR CHILE / PERU /JAPON
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From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comast.com]
Sent: Saturday, December 03, 2005 1:11 PM
To: \'gechaiz@mpfn.gob.pe\'; \'abolivar@mpfn.gob.pe\'
Cc: \'mfarro@mpfn.gob.pe\'; \'webmaster@pj.gob.pe\'; \'webmaste@mpfn.gob.pe\'; \'postmaster@mpfn.gob.pe\'; \'ministro@minjus.gob.pe\'; \'webmaster@pcm.gob.pe\'; \'webmaster@mindef.gob.pe\'
Subject: URGENTE: Responder pro-activamente a la ALERTA Y RECHAZO CONTRA CONVENIDO ILEGAL PROCESO DE EXTRADICION DE FUJIMORI INVENTADO POR CHILE / PERU /JAPON
Importance: High
URGENTE ENTREGAR A LA DRA. GLADYS ECHAÍZ RAMOS -1ra. FISCALÍA SUPREMA y DRA. FLOR ADELIADA BOLIVAR ARTEAGA FISCAL DE LA NACIÓN, Y A LA PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA-SUPREMA, RECHAZAR BURLADERA DE ILEGAL PROCESO DE EXTRADICIÓN INVENTADO POR RICARDO LAGOS, ALEJANDRO TOLEDO Y JUNICHIRO KOIZUMI.
LEER DETENIDAMENTE PUBLICAR Y RETRASMITIR EL PRESENTE MONITOREO PRO-ACTIVO DE ALERTA Y RECHAZO CONTRA CONVENIDO ILEGAL PROCESO DE EXTRADICION DE FUJIMORI (sucio filtro jurídico) BUSCA INSCRIPCION A ILEGAL ELECCIONES 2006 y PROTEGER IMPUNIDAD DEL ILEGAL DECRETO LEY 25418.
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From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comast.com]
Sent: Monday, November 28, 2005 10:33 AM
To: \'minsulza@oas.org\'
Cc: \'jmaisto@oas.org\'; \'presidente@presidencia.cl; \'cortesuprema@poderjudicial.cl\';
presisen@senado.cl; \'funvisol@iglesia.cl\';’prensa@arzobispadodelima. org’; ‘presidente@presidencia.gob.pe’;’presidente@pj.gob .pe’; \'ministro@minjus.gob.pe\';
\'coletta@mindspring.com\';\'wola@wola.org\';\'inf o@cejil.org\'; \'Carter Center\';’vicente.fox.quesada@presidencia.gob.mx’; \'lderbezbautista@sre.gob.mx\';’letters@nytimes.co m’;’letter@washingtonpost.com’, \'info@judicialwatch.org\'; \'informaciones@cepchile.cl\'; \'dirgral@caen.edu.pe\'
Subject: José Miguel Insulza, Leer detenidamente pro-activo de Improcedente Pedido de Extradición de Alberto Fujimori, favor acusar recibo de este email, gracias y saludos Mariano R.Loo Rios
Importance: High
LEER DETENIDAMENTE PUBLICAR Y RETRASMITIR EL PRESENTE MONITOREO PRO-ACTIVO DE ALERTA Y RECHAZO CONTRA CONVENIDO ILEGAL PROCESO DE EXTRADICION DE FUJIMORI BUSCA INSCRIPCION A ILEGAL ELECCIONES 2006 y PROTEGER IMPUNIDAD DEL ILEGAL DECRETO LEY 25418.
Monitoreo pro-activo de protesta contra intolerable inconducta funcional de las autoridades del Ejecutivo, Judicial y Policia INTERPOL y desvergonzado contubernio internacional PERU-CHILE-JAPON en el siglo XXI-(sucio filtro jurídico) burladero que impúdicamente inventaron ilegal proceso de extradición con objetivo de conectar a Alberto Fujimori - reo prófugo con requisitoria internacional a la inscripción de ilegal elecciones del 2006 y continuar con encubrimiento de los actos de omisión y prevaricaciones de los procuradores, fiscales, jueces y vocales instructores peruanos ( nombrados a dedo y reprobados) que osadamente patrocinan la impunidad de las incriminaciones de fraude patrimonial en agravio del erario, lavados dinero -TID, obstrucción de justicia, violaciones constitucionales y crímenes de lesa humanidad 1985-2005.
PROCESO DE EXTRADICION ES LEGAL SI RETENIDO FUJIMORI FORMULA PEDIDO DE ASILO POLITICO.
ADVIERTE DESCARADA INCONDUCTA FUNCIONAL DE LAS AUTORIDADES DE CHILE, PERU YJAPON PARA COBIJAR LA IMPUNIDAD DE CRIMINALES RUPTURAS DEL ESTADO DE DERECHO Y ORDEN JURIDICO CONSTITUCIONAL DE NEFASTAS FECHAS DEL 11/09/73 Y 05/04/92 Y MANTENER ILEGAL Y SUCIO SISTEMA CONJURANDO DESPIADADAMENTE CONTRA LOS VALORES ÉTICOS DE LAS SOCIEDADES LIBRES Y SUS CIUDADANOS Y A LA EXISTENCIA DEL ESTADO PERUANO EN CAUTIVERIO.
Improcedente El Pedido De Extradición De Alberto Fujimori, PRESIONARIO (prisionero) ARREGLADO EN CUARTEL MILITAR DE CHILE. LAS AUTORIDADES DEL ESTADO DE CHILE TIENEN OBLIGACION LEGAL Y MORAL DE EXPULSARLO EN EL DIA - IPSO FACTO A TERRITORIO PERUANO. (ALBERTO FUJIMORI INGRESO A CHILE CON PASAPORTE PERUANO COMO TURISTA, ARRESTADO POR PEDIDO DE TOLEDO A LAGOS, QUIEN PUBLICAMENTE AGRADECIO, NO SE CONOCE QUE EL PRISIONERO FUJIMORI A SOLICITADO ASILO POLITICO AL ESTADO CHILENO, SI ÉL FUGITIVO ESTA SALIENDO DE SU GUARIDA DE TOKIO NO SE RESISTE EN REGRESAR A PERU LAS AUTORIDADES CHILENAS TIENEN LA OBLIGACION LEGAL Y MORAL DE ENTREGARLE O EXPULSARLO (DEPORTARLO) DEL TERRITORIO CHILENO AL TERRITORIO PERUANO AL REQUISITORIADO INTERNACIONAL ALBERTO FUJIMORI, ES REALMENTE SOSPECHOSA EL ILEGAL/INVENTADO-CONCEBIDO PROCESO DE EXTRADICION.
LAS AUTORIDADES DEL PODER JUDICIAL DE PERU Y DEL PODER JUDICIAL DE CHILE NO DEBEN DE SEGUIR CON EL EMBUSTERO TRAMITE DE DOLOSA E ILEGAL EXTRADICION DE UN COSTO DE US$ 400, 000.00 \"BONIFICADO\"? LA COIMA QUE TIENEN QUE PAGAR LOS DISTRAÍDOS CONTRIBUYENTES POR LA ABULIA DE LA MAYORIA DE LOS CIUDADANOS PERUANOS Y OTROS TAIMADOS CONVENIDOS Y ARRIBISTAS VIVIDORES QUE APLAUDEN COMO CUANDO EL DICTADOR FUJIMORI AHORA ARREGLADO INSOLITO PRISIONERO EN CUARTEL MILITAR CHILENO DICTO EL ILEGAL E INFAME DECRETO LEY 25418 NUCLEO SUCIO “DURO” DEL NARCOTERRORISTAFINANCIEROBANQUERO GOLPE DE ESTADO DEL 05 DE ABRIL DEL 1992. DESLEALTAD QUE EL PUEBLO NUNCA OLVIDARA.
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Leer informe sobre la Improcedencia del ilegal Pedido de Extradición de Alberto Fujimori, insólito PRESIONERIO EN CUARTEL MILITAR DE CHILE.
INFORME SOBRE IMPROCEDENCIA DEL PEDIDO DE EXTRADICIÓN DEL PROFUGO ALBERTO FUJIMORI EX PRESIDENTE PERUANO INSÓLITO PRISIONERO EN CUARTEL MILITAR DE CHILE.
Mr. Jimmy Carter-Ex Presidente de los Estados Unidos de Norte América.
Que, para que proceda solicitud de extradición de Alberto Fujimori, tiene que cumplirse con requisito legal sine quo non de correspondiente acusación constitucional por El Parlamento elegido 1990, en aplicación del Art. 183 y 184 de Constitución 1979, lex lata, única legalidad imperante para que ordene al Fiscal de la Nación incoar acción penal contra Alberto Fujimori, sin cuyo requisito es absolutamente ilegal todo proceso judicial instaurado y pedido de extradición del delincuente Alberto Fujimori-Presidente de la Republica del Perú elegido para el periodo 1990-1995, solicitud de extradición es perniciosa y causa perjuicio y agravio al Estado Peruano.
Que, el fundamento jurídico de falta del requisito legal para que proceda la solicitud de extradición de Alberto Fujimori, se basa en que el Estado Peruano se rige por Ordenamiento Jurídico con Supremacía y Soberanía de vigente Constitución -1979, ley de leyes, que es:
1).- INSUSPENDIBLE por inconstitucional e ilegal Decreto Ley 25418, infamia que engendro dolosa y fraudulento Congreso Constituyente Democrático-Referéndum 1993, que parió reglamento dictatorial de irrita Constitución del 1993, instrumentos maquinadas por los delincuentes saqueadores en clara complicidad con tramposos de la OEA, quienes deliberadamente con univocidad han conspirado contra el estado peruano, al No cumplir con aplicar imperativos instrumentos jurídicos creados contra las rupturas de la vida institucional democrática y estado de derecho, del: Protocolo de Washington y Resolución No.1080, omitidas con finalidad ilícita de encubrir a delincuente Alberto Fujimori y banda de saqueadores, que vienen enriqueciéndose ilícitamente desde la fractura del orden jurídico constitucional del 05 de abril del 1992 que continua campantemente.
2).- INSUSTITUIBLE por reglamento dictatorial llamada Constitución 1993, documento que yace sin firma del delincuente Alberto Fujimori, repudiablemente creada a punta de fusil y tanques por el dictador con la complicidad e connivencia de la OEA en el acuerdo-contubernio y conjura realizado 18 de mayo del 1992 en la Isla del La Bahamas donde aceptaron al violentista para hacer su voluntad del dictatorial crearon ilegal Congreso Constituyente Democratico y su Referéndum 1993 que parió el reglamento dictatorial irrito documento llamado Constitución 1993, con monstruoso objetivo perverso y ilícito de dar cara de “genuina democracia” para camuflar a dictadura iniciada con saqueador ruptura del orden jurídico constitucional del 05 de abril del 1992, narcoterroristafinancierobanquero golpe de estado efectuado con ilegal Decreto Ley 25418 y para descaradamente blindar su impunidad y mantener en cautiverio al estado peruano, dictadura con disfraz de “genuina democracia” que campantemente continua saqueando por acuerdo de facineroso-yanacona Mesa de Dialogo de la OEA-2001, status quo, y fraudulenta elecciones realizadas 2001 y facineroso “Acuerdo Nacional” del 22 de julio 2002, ignominia jurídica y circulo vicioso que rige en Perú, haciéndola vivir miserablemente en pecado y superchería al pueblo peruano.
Resulta IMPROCEDENTE la solicitud de extradición realizada por ilegales funcionarios fungen de autoridades, no cuenta con requisito legal - sine qua non, de correspondiente ACUSACION CONSTITUCIONAL DEL PARLAMENTO DE LA REPUBLICA DEL PERU- ELEGIDO EN 1990, en acatamiento de coercitivo Articulo 307 de imprescriptible Constitución Para La Republica del Perú instaurado el 12 de julio de 1979, lex lata, ordenamiento jurídico con supremacía y soberanía que destruye a ilegal Decreto Ley 25418, que engendro irrita y facineroso documento llamada Constitución 1993, absolutamente no procede solicitud de extradición del delincuente Alberto Fujimori.
Mariano R. Loo Ríos
Email:
marianoloorios@comcast.net
C.C.Dra. Jennifer McCoy-Director-Centro Carter, informe sobre extradición, infamia del muro de Berlín fue derrumbado y destruido, perjudicial seguir camuflando dictaduras con andamiaje y muros con documentos antijurídicos para sostener a las falsas democracias y reciclar el gran basural e inmundicia de sus mafiosos dirigentes.
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821, QUE TODO CIUDADANO TIENE QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGAÑIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA
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From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comcast.net]
Sent: Friday, April 05, 2005 12:13 PM
To: \'Lorenzo Sotomayor\'
Subject: urgente petitorio
PEDIDO CONSTITUCIONAL
ABRIL, 05 del 2005.
Doctor Lorenzo José Sotomayor Von Maack-CAL#03715 - Procurador Publico y Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado Peruano-Ministerio de Justicia.
Fax 4223577, Email:
lsotomay@minjus.gob.pe
Estimado Procurador,
Es indignante ver tremenda bribonada en aberrante actividad oficial que se viene efectuando en el embustero pedido de extradición del prófugo japonés Fujimori, en connivencia con reprobados Vocales y Fiscales Supremos y Funcionarios de RREE, por lo que pido a su despacho hacer entregar mediante oficio al Doctor Eduardo Salhuana Cavides - Ministro de Justicia y a la Doctora Gianna Macchiavello Casabonne - Vice Ministra de Justicia, el documento adjunto del Informe sobre Improcedencia del pedido de extradición del prófugo Alberto Fujimori Fujimori, para que ellos en defensa de los interés del estado peruano en día y bajo responsabilidad ordenen que no sigan birlando/robando al Estado Peruano con el cuentazo de la pérfida truhanería del pedido que hacen en ilegal extradición del infiel Alberto Fujimori ahora cobijado de súbdito Nipón Alberto Fujimori, favor confirma entrega del presente pedido y remitir el cargo de los respectivos oficios entregados por este medio para el seguimiento constitucional.
Apreciare por la atención que preste del presente pedido constitucional
Mariano R. Loo Ríos
Ciudadano L.E / DNI 05261766,
Domicilio Procesal: Av.La Marina 2114-Iquitos-Perú
Email:
marianoloorios@comcast.net
Salhuana y Rodríguez Cuadros coordinarán demanda ante La Haya por caso Fujimori
| CPN RADIO 20 mar| Los ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia coordinarán los detalles de la demanda que el gobierno peruano presentará contra Japón ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya por la extradición del prófugo ex presidente Alberto Fujimori.
El titular de Justicia, Eduardo Salhuana, informó que la reunión se realizará, a pedido del canciller Manuel Rodríguez Cuadros, una vez que éste retorne de una gira por Europa.
Recordemos, que a través de CPN Radio, el ministro de Relaciones Exteriores confirmó que en mayo o junio de este año el Perú demandará a Japón ante la Corte Internacional de Justicia si no responde a las dos solicitudes de extradición de Fujimori.
Salhuana señaló que Rodríguez Cuadros ha propuesto que el gobierno peruano contrate un estudio de abogados especializado en este tipo de casos, con la finalidad de contar con un respaldo jurídico adecuado cuando se presente la demanda.
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821, QUE TODO CIUDADANO TIENE QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGANIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA
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From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comast.com]
Sent: Saturday, November 26, 2005 7:55 AM
To: \'presidente@pj.gob.pe\'
Cc: \'ocmapj@pj.gob.pe\'; \'imagen@pj.gob.pe\'; \'Cuarto Poder\'; \'jalva@tc.gob.pe\'; \'aflores@congreso.gob.pe\'; \'webmaster@pcm.gob.pe\'; \'webmaster@mindef.gob.pe\'; \'ministro@minjus.gob.pe\'; \'ministro@mef.gob.pe\'; \'alcaldia\'; \'Alcalde Metropolitano\'; \'aldia@cnn.com\'
Importance: High
Trabajar pro/activamente para reincorporar imprescriptible orden jurídico constitucional de Perú -1979 y contra pandemia de la impunidad
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DEC-07-2005.
PETITORIO CONSTITUCIONAL
ENTREGAR AL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL Y PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE LA REPUBLICA DEL PERÚ Y A LOS VOCALES SUPREMOS REUNIDOS EN SALA PLENA PERMANENTE PARA EL TRASCENDENTAL E HISTÓRICO ACUERDO CONSTITUCIONAL DE SERVICIO A LA NACIÓN PERUANA DE EJERCER DERECHO REINVINDICATORIO DE HONRAR Y ENFORZAR EL RESTABLECIMIENTO EFECTIVO DE IMPRESCRIPTIBLE CONSTITUCIÓN PARA LA REPUBLICA DEL PERÚ INSTAURADO EL 12 DE JULIO DEL 1979 - ORDENAMIENTO JURÍDICO CON SUPREMACÍA Y SOBERANÍA SOPORTE LEGAL DEL ESTADO DE DERECHO QUE ANULA ILEGAL DECRETO LEY 25418.
Petitorio Constitucional
Mariano R. Loo Rios.
marianoloorios@comcast.net
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821, QUE TODO CIUDADANO TIENE QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGAÑIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA
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From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comast.com]
Sent: Wednesday, November 23, 2005 7:45 PM
To: \'webmaster@pcm.gob.pe\'
Cc:\'info@perupolitica.com\';\'omaurtua@rree.gob.p e\';’presidente@pj.gob.pe’;’javier.alva@tc.gob.pe’ ;’fernando_zavala@mef.gob.pe’;’cecilia_blume@pcm.g ob.pe’;
Subject: trabajar pro/activamente para reincorporar imprescriptible orden jurídico constitucional de Perú -1979 y contra pandemia de la impunidad,
Importance: High
Doc. Pedro Pablo Kuczynski Godard - (PPK) Gran Nominado a los Premios de “Negocios Bravo” - Latín Trade como “Líder Mas Innovador”.
Urgente trabajar pro/activamente para reincorporar imprescriptible orden jurídico constitucional de Peru - 1979, y contra pandemia de la impunidad, favor leer detenidamente y retransmitir, confirmar recibo.
Pedido Constitucional, Mariano R. Loo Rios
Cifras de escándalo mientras otros sectores languidecen
Otorongos quieren embolsicarse 118 mil soles en julio próximo
(Al Doc. Vladimiro Montesinos ex Jefe del P.J.-Fuji rejas “COMPENSO” con US$15 MILLONES y auto emitir fraudulentos bonos soberanos para financiara ilegal eleccion 1995 con coimeros- ilícitos Decreto Supremo No.19-95-EF/18-02-95 y Decreto Supremo No. 24-95-EF/21-02-95 fraude encubierto por coimision Townsend - responsables directos de escandalosa huida del prófugo Víctor Malca Villanueva, facinerosos pagos ilegales por concepto de liberalidad (entre 100 a 500 mil soles) que criminalmente cobraron los congresistas en el año 1990-1992-CCD-1993-1995-2000-2001, cobros de ilegales devengados, ilegal CTS en todas la reparticiones de la administración publica, facinerosos cobros mediante ilegal Ley 26519 por reo prescripto judicial sentenciado de por vida de la Comisión de delito de fraude patrimonial en agravio del erario nacional Alan Garcia ( la prescripción es perjudicial por que ella sentencia a la sociedad agraviada y al reo prescripto, quedando legal e éticamente penado de por vida para asumir todo cargo publico) y el tramposo transitorio incinerador lambrosiano Valentin Paniagua Corazao y, sigue el festín (ilegal auto/pagarse) SAQUEO del ERARIO NACIONAL bajo la impunidad del ilegal DECRETO LEY 25418).
Sólo en sueldos y gratificaciones el próximo mes de julio los otorongos cobrarán 52 mil nuevos soles, y por gastos de desinstalación, 16 mil nuevos soles.
Rápidos cuando les conviene. Que el país se debate en una crisis parece que les es ajeno a los congresistas, ya que pese a los cuestionamientos, y sin debate alguno, el pleno del Congreso de la República aprobó inmediatamente el presupuesto de ese sector para el 2006, certificando que los actuales parlamentarios recibirán 118 mil nuevos soles al término de sus gestiones, en julio del próximo año.
Esta cifra corresponde a los pagos por sueldos y gratificaciones de julio próximo, ascendente a 52 mil nuevos soles; gasto por desinstalación de legislatura, que es de 16 mil nuevos soles; y 50 mil nuevos soles por Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).
El presupuesto del Parlamento Nacional aprobado para el 2006 es de 318 millones de nuevos soles, 26 millones menos del previsto inicialmente. La medida fue sancionada con 49 votos a favor, cinco abstenciones y 17 votos en contra.
Cantinfladas
El segundo vicepresidente del Parlamento, Gilberto Díaz, explicó que todos los gastos de desinstalación serán sólo para aquellos parlamentarios que no salgan reelectos, ya que se destinará otro monto, aún no determinado, para los nuevos legisladores por los gastos de instalación de sus oficinas. Diario Expreso Nov-22-2005.
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From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comast.com]
Sent: Saturday, November 19, 2005 6:40 AM
To: \'Vicente Fox Quesada (vicente.fox.quesada@presidencia.gob.mx)\'
Cc: \'srecor@uriel.net\'; \'lderbezbautista@sre.gob.mx\'
Subject: trabajar pro/activamente para reincorporar imprescriptible orden jurídico constitucional de Perú -1979,
Importance: High
Sr. Vicente Fox Quesada - Presidente de los Estados Unidos de México.
Fax (55) 52772376
Pedido: intervenir pro-activamente para disciplinar y acelerar el acoplamiento de todos los países Americanos al libre comercio y desarrollo.
Estimado Presidente;
Alcanzo al recinto de su Presidencia 12 páginas adjuntas que contiene los monitoreos pro-activos e informes contra monstruosas tropelías de los regimenes tiránicos disfrazados de “democracia” y las denuncias pro-activas para que trabaje en la reincorporación del estado de derecho en varios países del centro y sur americano - fabricas de indocumentados - burros humanos del trafico de drogas, post-colonias-caciques Siglo XXI ejes del mal que requieren ser intervenidas para liberar a sus ciudadanos y erradicar la lacra del misterio del narco-terrorismo que se escudan en farsantes “democracias”. Favor leer y remitir copia a los Secretarios de Estado y Justicia y, a los Secretarios Generales de OEA y ONU, a los Representantes de los Países Miembros de la OEA, a los Comisionados de la CIDH-OEA que actuaron displicentemente de los periodos 1990 al 2005 y al actual Secretario Ejecutivo Santiago A. Cantón y Principales Funcionarios, para que ellos también ejerzan su poder reivindicatorio actúen pro/activamente en la lucha contra pandémico flagelo de la impunidad que generan mas incredulidad + corrupción y maligna anti-corrupción que descaradamente encubren a las fabricas judiciales de la impunidad del crimen organizado internacional a los fraudes patrimoniales y saqueos de los Estados en cautiverio, a las violaciones de los derechos de las personas y crímenes de lesa humanidad de las tiranías comunista/narco terrorista camufladas bajo falaces “democracias”. Que en defensa de la libertad y la Seguridad de América urge su intervención pro-activa para promover la reincorporación del estado de derecho en Perú, Ecuador, Colombia, Chile, Cuba, Bolivia, Venezuela, España, etc. etc. y incoar el arresto de los comunistas Fidel Castro, Hugo Chavez y sus acólitos para ser procesados por violación de DDHH y narco-terrorismo.
Agradezco anticipadamente por la atención que preste al presente petitorio.
Saludos
Mariano R. Loo Rios
Email:
marianoloorios@comcast.net
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821, QUE TODO CIUDADANO TIENE QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGANIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821, QUE TODO CIUDADANO TIENE QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGANIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA
Pro activo para recuperar estado de derecho en Peru.
Noviembre 10 - 2005.
Petitorio Constitutional
Al CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA.
FAX 4406695-109
Favor entregar al Dr. Anibal Torres Vásquez - Presidente de la Comisión Permanente de Procesos Disciplinario, al Dr. Daniel Caballero Cisneros - Presidente del CNM y miembros Consejeros del pleno del CNM los Pro-activos # 1, # 2, #3 y otros documentos adjuntos a este fax con 11 paginas que contiene indignación y protesta por indebida e desleal retención del turista prófugo Fujimori por el estado Chileno, informe sobre improcedencia de pedido de extracción, pedido constitucional al Procurador Sotomayor Von Maack, documento que exige inmediato regreso del estado de derecho fracturado el 05 de abril del 1992, Carta Abierta a la Nación de fecha 11 de abril del 2005 y email remitido a la Dra. Adelaida Bolívar - flamante defensora de la legalidad, para que los señores Consejeros – CNM lo lean detenidamente y ordenen se remitan copias a los actuales titulares de los Tres Poderes de Estado Peruano en cautiverio para que Ellos ejerzan poder reivindicatorio en servicio a la Nación PERUANA colaboren pro-activamente para recuperar el estado de derecho con inmediato restablecimiento efectivo de la Constitución Para La Republica del Peru instaurado el 12 de julio del 1979 - lex lata, ordenamiento jurídico con supremacía y soberanía imprescriptible.
Alcanzo a los Consejeros CNM las gracias anticipadas por la atención que presten al presente petitorio constitucional en servicio a la Nación Peruana.
Saludos
Mariano R. Loo Rios
05261766
Correo electrónico:
marianoloorios@comcast.net /
debido_proceso@yahoo.com.ar
C.C. Dr. Marco Ibaceta Merino, Dr. Enrique J. Mendoza Ramirez, Dr. Javier Alva Orlandini, Antero Flores- Araoz Esparza, Ing. David Waisman, Prof. Oscar Maúrtua de Romaña.
PRO-ACTIVO # 3 DE DEMANDA PARA RECUPERAR ESTADO DE DERECHO EN PERU Y DE LUCHA CONTRA FLAGELO DE LA PANDEMIA DE LA IMPUNIDAD DE ALTA CORRUPCIÓN Y ANTI-$-CORRUPCIÓN Y REPUGNANTE RECICLAJE DEL BASURAL E ACHORAMIENTO EN LA ADMINISTRACION PÚBLICAS.
EL PLANEADO ARRIBO A CHILE DEL TURISTA PROFUGO FUJIMORI INDEBIDAMENTE RETENIDO/RECLUIDO/DETENIDO/PRISIONERO EN CUARTEL MILITAR CHILENO CON OBJETIVO DE INICIAR PRECONCEBIDO QUIMÉRICO/ COSTOSO “BONIFICADO”/ TRAMPOSO PROCESO DE EXTRADICCION OBEDECE A MANIFIESTA CONJURA DEL NARCOTERRORISTAFINANCIEROBANQUERO GOLPE DE ESTADO DEL 05 DE ABRIL DEL 1992, PARA MANTENER AL ARROGADO ESTADO PERUANO EN CAUTIVERIO, EL BOCHORNOSO AGRADECIMIENTO QUE PUBLICAMENTE HACE TOLEDO (CRIMINAL LAMBROSIANO DE FABRICA DE FIRMAS FALSAS PARA HACER FRAUDE ELECTORAL) POR LA DETENCION DEL TURISTA PROFUGO FUJIMORI Y DE LA NO EXPULSIÓN Y/O REPATRIACIÓN DEL TURISTA PROFUGO FUJIMORI AL TERRITORIO DEL ESTADO PERUANO, ES UN ACTO DE TRUHANERÍA INTERNACIONAL REALIZADA EN CONNIVENCIA POR MAFIA INFILTRADA EN EL ESTADO CHILENO Y ESTADO JAPONÉS CON SUS COMPINCHES PERUANOS INFILTRADOS EN EL ESTADO PERUANO EN CAUTIVERIO QUE VIENEN BLINDADO MONSTRUOSA IMPUNIDAD DEL ILEGAL DECRETO LEY 25418 PARA SEGUIR SANQUEANDO Y COMPLOTANDO CONTRA EL PUEBLO Y LA NACION PERUANA.
Mariano R. Loo Rios
Email:
marianoloorios@comcast.net
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821 QUE TODO CIUDADANO TIENE OBLIGACION QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGANIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA,
Exigir inmediato regreso del estado de derecho fracturado el 05 de abril del 1992 por conjura del narcoterrorismofinancierobanquero golpe de estado que continua.
El Perú esta siendo gobernado en marco de un descarrilamiento del ordenamiento jurídico establecido en la constitución del 1979. Nada que nace de la ilegalidad, puede ser base para generar derecho. Por eso el que los grandes violentistas de nuestro país, y de otros, siempre terminan tratando de ocultar sus más grande ofensa, como la de haber pretendido pensar y decidir por uno, escupiendo democratización en sus sistemas dictatoriales. El hecho que las tiranías disfrazada de democracia convoquen a “elección” no hace a un régimen autocrático, democrático. El respeto y valor a las leyes, es clave para la germinación de la democracia. Y este respeto jamás lo será, como en el caso peruano al estar siendo regidos por uno de los objetivos de un humillante decreto ley 25418 de una banda de violentistas que escupieron en la capacidad intelectual de los peruanos para poderse gobernar. Llenando de tanquetas las calles del Perú, y inyectando en todos los poderes y entidades de control del estado como los delincuentes que ya todos conocemos, los mismos que garantizaron todas las elecciones convocadas por los violentistas. Desquicio que termino con la elección de los actuales gobernantes que no son más que sus engendros. Engendros del borrón y cuenta nueva, el cual ahora se pretende perfeccionar y democratizar con (otro ilegal instrumentos para esforzar ilegal Decreto Ley 25418) una nueva asamblea constituyente, que va ha nacer muerta al tener un precedente de no valorar las normas jurídicas, que se pretenderán demarcar con ella. Rechazar propuesta de nueva asamblea constituyente que será otro instrumento mas para delictivo enforzamiento del ilegal Decreto Ley 25418.
IMPORTANTE PARA QUE LA NACION PERUANA NO VIVA EN EL IMPERIO DE LA SUPERCHERÍA LA INDOLENTE INDIFERENCIA Y YERRO PECAMINOSO.
RECHAZAR ELECCIONES 2006 DE TIRANIA INICIADA CON NARCOTERRORISTAFINANCIEROBANQUERO GOLPE DE ESTADO DEL 05 DE ABRIL DEL 1992, QUE PRETENDEN REALIZAR MALIGNOS ENGENDROS EN CRIMINALES INSTITUCIONES REOS JNE, ONPE, MP, RENIEC Y ARTIFICIOSAS ORGANIZACIONES PARTIDARIAS FABRICANTES DE FIRMAS IMPUTADAS POR CRIMINALES FRAUDES ORGANIZADOS EN PLANILLONES ONPE APÓCRIFICOS QUE SIGUEN CONJURANDO CONTRA LA NACION Y EL ESTADO PERUANO MANTENIENDOLO EN CAUTIVERIO CON MALIGNO ENFORZAMIENTO DEL ILEGAL DECRETO LEY 25418 PARA BUSCAR DE BLINDAR SU CRIMINAL IMPUNIDAD, DIGA NO A LA TRUHANERÍA DE EMBUSTERA TRANSICION=ENCUBRIDORA =IMPUNIDAD Y DEMANDAR A LOS TITULARES DE LOS PODERES DE ESTADO PERUANO ARROGADO Y EN CAUTIVERIO Y A LOS COMANDANTES DE LAS FFAA EN APLICACIÓN DE LOS COERCITIVOS ARTÍCULOS 82 Y 307 EL INMEDIATO RESTABLECIMIENTO EFECTIVO DE LA CONSTITUCION PARA LA REPUBLICA DEL PERU, PUBLICADA EL 12 DE JULIO DEL 1979, CON LA INSTALACION DEL CONGRESO ELEGIDO 1990, QUE ACORDARAN INMEDIATA CONVOCATORIA A ELECCIONES GENERALES EN ATENCION DE SU ARTÍCULO 208.
Necesario hacer que trabaje la ley y se aplique sus apremios, por lo que todo ciudadano que ame a su país que respeta a la verdad y a la ley tiene que promover la instalación del Parlamento elegido 1990 con los diputados y senadores y/o accésitarios hábiles que no colaboraron en esforzar ilegal Decreto Ley 25418, quienes tienen que ordenar inmediata convocatoria a elecciones generales y ordenar el arresto de actuales miembros del Poder Judicial, Poder Legislativo y Poder Ejecutivo, registrarlos y enjuiciarlos en aplicación del coercitivo Art. 307 y de las normas penales pertinentes.
EL FRAUDE NO GENERA LEGALIDAD Y MENOS DERECHO, LA APLICACION DE LA LEY NO PERJUDICA A NADIE MENOS A LOS QUE SE ENRIQUECIERON Y ENRIQUECEN ILICITAMENTE.
EN UN PAIS DONDE NO SE RESPETA EL ORDEN JURIDICO NO HAY DESARROLLO Y JUSTICIA.
Carta Abierta a la Nación de la Republica del Perú.
Los ciudadanos que suscribimos esta Carta a la Nación lo hacemos en cumplimiento de la obligación y deber constitucional contra la ilegal continuidad de la actividad usurpante del narcoterroristafinancierobanquero golpe de estado del 05 de abril del 1992 efectuado con ilegal Decreto Ley 25418, infamia llamada ley de bases del gobierno de emergencia y reconstrucción Nacional y grotesco manifiesto a la Nación, para exigirles a actuales Titulares de los arrogados Tres Poderes de Estado Peruano (en cautiverio) para que ejerzan poder reivindicatorio de honor y dignidad en servicio a la Nación para que en observancia del Artículo 307 cumplan con ejercitar el Restablecimiento Efectivo de la Constitución Para La Republica del Perú – publicada el 12 de julio del 1979, (ordenamiento jurídico con supremacía y soberanía absolutamente insustituible y insuspendible que echa abajo a ilegal Decreto Ley 25418), debiendo oficiar a los señores Diputados y Senadores y/o accésitarios hábiles elegidos el año 1990 para sesión extraordinaria de reincorporación del Parlamento Nacional que acordara la convocatoria a inmediata ELECCIONES GENERALES en aplicación del artículo 208 de la Constitución Para La Republica del Perú.
Lima, Abril 11 del 2005
Nombre DNI / L.E. Firma
……………….. ……………..
……………….. ……..……………
Mariano R. Loo Rios 05261766
……………….. ……………..
URGENTE ACTUAR PRO – ACTIVAMENTE,
TODOS LOS CIUDADANOS CON O SIN AUTORIDAD TIENEN OBLIGACION CONSTITUCIONAL DE COLABORAR PARA EL RESTABLECIMIENTO EFECTIVO DE LA CONSTITUCION PARA REPUBLICA DEL PERU - ORDENAMIENTO JURIDICO CON SOBERANIA Y SUPREMACÍA, PUBLICADO EL 12 DE JULIO DEL 1979, (CARTA MAGNA INSUSPENDIBLE Y INSUSTITUIBLE) FUNDAMENTO DE HECHO Y DE DERECHO PARA INCOAR ACCION LEGAL SOLICITANDO AL JUEZ QUE DECLARE LA NULIDAD DEL ILEGAL DECRETO LEY 25418, EN APLICACIÓN DE LO SEÑALADO EN EL COERCITIVO ARTÍCULO 307 DE LA CONSTITUCION PARA LA REPUBLICA DE PERU PUBLICADA EL 12 DE JULIO DEL 1979.
________________________________________
From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comast.com]
Sent: Friday, November 11, 2005 9:15 AM
To: \'presidente@pj.gob.pe\'
Subject: PRO-ACTIVOS # 1, # 2 y # 3 DE DEMANDA PARA RECUPERAR ESTADO DE DERECHO EN PERU.
Importance: High
Favor bajar imprimir y entregar a los vocales supremos para que lean detenidamente y cumplan con ejercer poder reivindicatorio acuerden en reunión de sala plena enviar oficio a los titulares del poder ejecutivo y legislativo para que reincorporen el estado de derecho y restablezcan la Constitución Para la Republica del Peru,
Muchas Gracias y Saludos Mariano R. Loo Rios.
PRO-ACTIVO # 1 DE DEMANDA PARA RECUPERAR ESTADO DE DERECHO EN PERU.
EL PODER JUDICIAL Y TODO EL SISTEMA DE ADMNISTRACION DE JUSTICIA SE ENCUENTRA INTERVENIDA PARA BLINDAR LA IMPUNIDAD DEL ILEGAL DECRETO LEY 25418-NARCOTERRORISTAFINANCIEROBANQUERO GOLPE DE ESTADO DEL 05 DE ABRIL DEL 1992 QUE FRACTURO EL ESTADO DE DERECHO EN PERU, MISERABLE E CRIMINAL STATUS QUO OFENSA QUE HIERE A LA NACION PERUANA.
Para desventura de los peruanos, se advierte el nombramiento de descarriados arribistas malignos jueces y fiscales inyectados por malhechor Fujimori y nombrados por facineroso Jurado de Honor de Magistratura que fue orquestada tras narcoterroristafinancierobanquero Golpe de Estado del 05.Abril.1992, en connivencia con secuaces consejeros del CNM y taimados abogados que concursan repetidamente haciéndose los cojudos para actuar bajo delictivo Reglamento de Organización y Funciones emitida por ilegal Resolución Administrativa No.263-96, elaborado por el SIN maleante Montesinos y firmado por reo en dorada dulce cárcel domiciliaria Cap.Fta. AP®.José Dellepiane Massa, y asquerosa “Ley Orgánica del Poder Judicial” emitido mediante ilegal Decreto Supremo No.017-93-JUS, también fabricado en el SIN por Fujimori-Montesinos, (El Jefe del Poder Judicial y hacedor de resoluciones en SIN), instrumentos creadas para enforzar ilegal decreto ley 25418 y para blindar su impunidad y mantener en cautiverio al Estado Peruano arrogando los Tres Poderes del Estado y con esta truhanería buscar que los peruanos cumpla la voluntad del dictador ahora prófugo cobijado de súbdito japonés, L.O.P.J. también llamada por la plaga de juristas constitucionalistas y hombres de derecho de los foros como “bloque constitucional” creada como blindaje del reglamento dictatorial de la infamia llamada Constitución 1993, violentistas saqueadores que desde fractura del estado de derecho iniciada el 05/abril/92, manipulearon e inyectaron secuaces infieles deshonestos abogados en el Poder Judicial y Ministerio Publico instituciones REAS, y tramposos magistrados y fiscales violadores congénitos de la Carta Magna del 1979 y del numeral 2 del articulo 242, instituciones de justicia infiltrándolos para convertirla en descaradas fabricas del crimen organizado nacional para tapar y buscar impunidad de continuos delitos criminales de fraudes patrimoniales en agravio del erario nacional y de lesa humanidad de los regimenes Juan Velasco, Francisco Morales Bermúdez, Fernando Belaunde, Alan García, Alberto Fujimori/ Valentin Paniagua y Alejandro Toledo…creando perniciosos siniestros club’s anticorrupción de juzgados, salas superiores suprema transitoria y especiales, fiscales y procuradores ad-hoc y ad-doc anticorrupción, maquinada en complicidad con tramposos integrantes de facinerosa Mesa de Dialogo de OEA-2001 por delictivo e encubridor ”régimen transitorio” del arribista y descarado deshonesto Valentin Paniagua/Javier Pérez de Cuellar/Diego García Sayan para hacer obstrucción de justicia para procesar indebidamente e ilegalmente a maleante ASESOR TRAFICANTE, TRAIDOR Y VIOLADOR DDHH A INSTRUIRLO DE DELITOS COMUNES ILEGALMENTE BAJO EXOTICA FIGURA DE COLABORACION EFICAZ AJUSTADA a continuación de grotesca intervención del Poder Judicial y Ministerio Publico que realiza picara Coimisión de Justicia del arrogado Congreso a propuesta del grupito impulsor de justicia del facineroso Acuerdo Nacional, de Julio/12/2002 versión civil de truhanada del acta de sujeción y respaldo al golpe de estado del 05/abril/92, firmada por descarriados militares de Marzo 13 del 1999 en el CAEN, y perversos hombres de derecho del CERIAJUS y grupito de hombres de derecho de facineroso Acuerdo Nacional Julio/22/2002 inyecto a achorados seudos dirigentes de los comités de llamadas “Sociedades Civiles” (camuflaje de los comités comunistas) bajo ilegal Ley 28149, nuevo instrumento de enforzamiento del criminal e ilegal Decreto Ley 25418, para cumplimiento de las “metas” señaladas en humillante Manifiesto a la Nación del narcoterroristafinancierobanquero golpe de estado del 05 de abril de 1992, inferida por prófugo japonés que indebida y tramposamente es retenido en cuartel Chileno, prominente candidato presidencial que induce a inyectado JNE/rea para ilegal elección planeada para el 2006 bajo la tropelía del cliché tiránico birladora llamadas “democracia genuina”, “gobernabilidad democrática” ahora con nuevos slogan saqueador para la “sustentabilidad democrática”, trigueñuelas y cantos de “refundación”, “redemocratización”, “regeneración moral y social” y “estado de derecho macizo” fraudulentos regimenes tiránicos y osados acólitos se aprovechan de la ignorancia supina de la gente común manipulable para descaradamente crear mas ilegales e ilícitos instrumentos como propuesta de otra “asamblea constituyente”, encubridores delictivos criminales usados para birlar al erario US$ 173 millones + US$ 12’681,297 + US$ 20’000,000 incautados a malhechores fujimoristas que están procesándolos a través de ilegal e corruptiva FEDADOI creada para manipular e inducir a hacer fraude al Estado Peruano en cautiverio, intolerable como opera saqueo nacional, INDIGNANTE que nada a cambiado en el Poder Judicial-REA que ejercía el reo prófugo Fujimori de Jefe y hacedor de Resoluciones en el SIN al maleante reo/preso Montesinos en “acondicionado” cuartel militar de la Base Naval del Callao, estos malandrines ahora fueron remplazados por pérfidos Vocales Supremos inyectados, nombrados y ratificados por facinerosas instituciones criminales del Jurado Nacional de la Magistratura y Consejo Nacional de la Magistratura.
Escribe: Mariano R. Loo Rios
Email:
marianoloorios@comcast.net
LEER ACTA DE PROCLAMACION DE INDEPENDENCIA DEL PERU 28/JULIO/1821, QUE TODO CIUDADANO TIENE QUE ENFORZAR PARA SACAR DE MISERABLE ENGANIFA AL PUEBLO DE LA NACION PERUANA
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From: marianoloorios [mailto:marianoloorios@comast.com]
Sent: Monday, November 07, 2005 2:24 PM
To: \'abolivar@mpfn.gob.pe\'
Cc: \'atudela@minjus.gob.pe\'; \'decano@cal.org.pe\'; \'jalva@tc.gob.pe\'; ’omaurtua@rre.gob.pe’
Subject: Dra. Flor Adeliada Bolivar Arteaga, Remito presente Monitoreo pro/activo contra INACCION CRIMINAL, Saludos Mariano R. Loo Rios
Importance: High
Monitoreo pro/activo, contra INACCION CRIMINAL Y ABULIA MASOQUISTA PARA ENCUBRIR PANDEMIA DE LA IMPUNIDAD QUE HIERE IDENTIDAD Y ALMA NACIONAL
Monitoreo pro/activo para erradicar pandemia de CRIMINAL IMPUNIDAD que viene generando más corrupción y anticorrupción, demandar urgente legislación nacional e internacional para que se promulgue LEY para que en proceso penal sumario sancionen con PENA DE CARCEL Y DE MUERTE a prevaricadores jueces, vocales, fiscales, procuradores, magistrados, árbitros, peritos, consejeros y comisionados. Legislación que la Nación Peruana y países del Mundo que aman y respetan la verdad y la libertad necesitan para defender a sus ciudadanos y ganar la batalla contra impunidad = + corrupción y anticorrupción y erradicar de las sociedades infiltrada lacra humana que descaradamente actúan bajo el mafioso patrón inconfundible del alanfujipaniaguatoledista confiados en la continuidad de la pandemia de impunidad de la corrupción y anticorrupción que genera el ilegal Decreto Ley No.25418 núcleo sucio (duro) que engendro actual peligroso sistema judicial que opera bajos criminales: -Reglamento Administrativo y Funciones de la OCMA/PJ No.263-96 (elaborado en el SIN), -Decreto Supremo No.017-93-JUS(SIN) L.O.P.J., -asqueroso Reglamento Dictatorial/Constitución 1993 parida por maleante Congreso Constituyente Democratica-CCD acordada en Islas Bahamas para que los ciudadanos peruanos cumplan la voluntad del criminal dictador ahora prófugo y cobijado de súbdito japonés y infausta Ley No.28149-CERIAJUS/grupito de abogados del facineroso Acuerdo Nacional-Julio-22-2002, repugnantes instrumentos tiránicos maquinados para mantener en cautiverio al Estado Peruano y enforzar y blindar la impunidad de ilegal Decreto Ley 25418 infamia del narcoterroristafinancierobanquero golpe de estado de 05 de abril del 1992, que quebró el Estado de Derecho, statu quo ilegal que incrimina a las instituciones trastornadas PJ y MP reas (fabricas de impunidad & academias de iniquidad) accionar criminal que viene sembrando indisciplina en la sociedad y ciudadanos.
Inescrupulosos Magistrados de la PJ descaradamente entre ellos se enjuagan, para curar la salud de la Nación y limpiar (profilaxis) la administración publica tienen que impulsar fiscalización y legislación que promulgue LEY para que en proceso penal sumario sancionen con pena de CARCEL y de MUERTE a prevaricadores jueces, vocales, fiscales, procuradores, magistrados, árbitros, consejeros y comisionados (corrupta Fiscal de Nación Nelly Calderón buscando de encubrir flagrante delito de prevaricato, tiene encarpetado casos que resultan de la flagrante violación art. 11 de ley 23506 señaladas por el TC que el año 2001 remitió copias certificadas al Ministerio Publico- Fiscalia de la Nación ordenando el correspondiente encauzamiento penal de mas 60 casos de flagrante prevaricación criminal).
Publicada por el diario la Republica de Peru 18/oct/2005.
Sala Plena de la Corte Suprema no sanciona a quince vocales supremos
LOS OTROS \"OTORONGOS\" • Pedidos del Consejo Nacional de la Magistratura para que se sancione a jueces de la máxima instancia judicial del país por faltas en su función quedan en nada.
• Magistrados supremos se imponen una sanción que no existe en la ley.
Por: César Romero.
Foto: María Eugenia Revilla.
La Sala Plena de la Corte Suprema, que preside el titular del Poder Judicial Walter Vásquez Vejarano, no ha cumplido con imponer las sanciones a los vocales supremos que fueran solicitadas por el Consejo Nacional de la Magistratura.
Un informe del (CNM) se pronuncia en ese sentido luego de revisar nueve procesos disciplinarios seguidos a magistrados de esa instancia judicial donde se estableció que 15 de ellos cometieron una serie de faltas, como afectar la cosa juzgada o no cumplir con sus funciones, que requerían una sanción pero que no la recibieron.
INTOCABLES. La Sala Plena de la Corte Suprema demuestra que el Poder Judicial no se puede controlar a sí mismo.
Amonestación
A la mayoría de esos 15 vocales la Sala Plena solo se les aplicó una amonestación, sanción no existente en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece cinco tipos de sanción: apercibimiento, multa no mayor al 10 % del sueldo, suspensión, separación y destitución.
Los magistrados a los que el CNM pedía sancionar eran Javier Román Santisteban, José Antonio Silva Vallejo, Elcira Vásquez Cortez, Jorge Carrión Lugo, Otto Torres Carrasco, José Infantes Vargas y Eduardo Palacios Villar.
Además, José Lecaros Cornejo, Jorge Carrillo Hernández, Julio Biaggi , Martir Santos Peña, Sergio Escarza Escarza, Evangelina Huamaní, César Vega Vega. La lista también incluye al procurador Guillermo Cabala, quien ya se retiró del PJ.
El CNM es el único organismo que puede investigar a un vocal supremo pero solo lo puede sancionar con la destitución. Las sanciones menores las tiene que imponer la Sala Plena, o sea el mismo investigado y sus colegas.
Allí surge el problema. En los nueve casos que el CNM envió a la Corte Suprema desde el 2003, recién el 9 de setiembre último, la Sala Plena de la Corte Suprema se reunió para decidir qué hacer en algunos de estos casos. Otros siguen en el archivo.
Faltas supremas
El 30 de setiembre del 2003, el CNM pidió imponer una sanción menor a los vocales Carrión Lugo, Torres Carrasco, Infantes Vargas y Cáceres Ballón por violar la cosa juzgada en un juicio entre Derivados del Maíz y Arancia. Un año y 11 meses después, la Sala Plena amonestó a Carrión e Infantes, mientras que Torres ya cesó en el Poder Judicial y Cáceres murió.
En el caso del doctor Javier Román, el 2003, el CNM pidió en dos oportunidades que lo sancionen por no cumplir sus funciones. En el primer caso, la Sala Plena le